Fundación Rumbos - Accesibilidad

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Arquitectura para todos

 

Revista Vivienda -  Mayo 2009

 
Gracias a la colaboración del director del Periódico “El Cisne”, el periodista Ricardo Unamuno, dimos con la Arq. Cecilia González Campo de la Fundacion Rumbos, entidad que tiene como eje central a la problemática de la accesibilidad.
Lo que sigue es un documento elaborado por ella que contiene a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, y algunos puntos que los profesionales de la construcción no pueden dejar de tener en cuenta a la hora de elaborar sus proyectos.
Seguiremos trabajando con la Fundación para que este tema no quede aquí sino que tenga su espacio todos los meses.
 
LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU PROTOCOLO FACULTATIVO
Fueron aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 y quedaron abiertos a la firma el 30 de marzo de 2007.
Su propósito es asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos por todas las personas con discapacidad.
En dicha convención se dio un marco general de derechos, aquí destacamos el Artículo 9 referido a la Accesibilidad:

1. A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales. Estas medidas, que incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, se aplicarán, entre otras cosas, a:

a) Los edificios, las vías públicas, el transporte y otras instalaciones exteriores e interiores como escuelas, viviendas, instalaciones médicas y lugares de trabajo;
b) Los servicios de información, comunicaciones y de otro tipo, incluidos los servicios electrónicos y de emergencia.

2. Los Estados Partes también adoptarán las medidas pertinentes para:
a) Desarrollar, promulgar y supervisar la aplicación de normas mínimas y directrices sobre la accesibilidad de las instalaciones y los servicios abiertos al público o de uso público;

b) Asegurar que las entidades privadas que proporcionan instalaciones y servicios abiertos al público o de uso público tengan en cuenta todos los aspectos de su accesibilidad para las personas con discapacidad;

c) Ofrecer formación a todas las personas involucradas en los problemas de accesibilidad a que se enfrentan las personas con discapacidad;

d) Dotar a los edificios y otras instalaciones abiertas al público de señalización en Braille y en formatos de fácil lectura y comprensión;

e) Ofrecer formas de asistencia humana o animal e intermediarios, incluidos guías, lectores e intérpretes profesionales de la lengua de señas, para facilitar el acceso a edificios y otras instalaciones abiertas al público;

f) Promover otras formas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información;

g) Promover el acceso de las personas con discapacidad a los nuevos sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, incluida Internet;

h) Promover el diseño, el desarrollo, la producción y la distribución de sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones accesibles en una etapa temprana, a fin de que estos sistemas y tecnologías sean accesibles al menor costo.

LOS CUATRO ATRIBUTOS DE ACCESIBILIDAD

 
Cuestiones ergonómicas se hacen presentes al pensar en los destinatarios de nuestra producción como personas concretas con algún tipo de problema para trasladarse, o moverse, o comunicarse, o ver, o escuchar.
Esquemáticamente, reconocemos cuatro Atributos de Accesibilidad que se corresponden con desajustes en el espacio, referidos a:
1) la circulación: el trasladarse a lo largo de un itinerario;
2) la franqueabilidad: el pasaje de un tipo de ámbito a otro;
3) La aproximación al equipamiento, a las instalaciones y
4) el acceso y uso de objetos, artefactos, herramientas, utensilios.
 
Propias del ámbito en que se aplicará la accesibilidad y de las características de uso de los mismos, se ponen en evidencia las Cuestiones funcionales: Aunque todos los atributos deben tenerse en cuenta siempre, el TODOS y el siempre, no ayudan a estructurar nuestra mirada y nuestro trabajo. Potencialmente en cada situación concreta, hay una cierta preponderancia de algunos atributos sobre otros, según la situación funcional de que se trate: no es lo mismo salvar un desnivel en un parque, en un edificio en un predio pequeño, o en un colectivo.
 
Finalmente, vinculadas a los procedimientos las Cuestiones de gestión. La planificación y el conjunto de las actuaciones para la implementación, tienen que ser inclusivos. La accesibilidad no puede ser múltiples parches en puntos dispersos; ni siquiera debe ser un parche, concebida desde un plan exclusivamente de accesibilidad. Debe estar integrada al conjunto de las estrategias locales, y a sus propios actuantes.
 

Asignatura pendiente

Para que la accesibilidad se efectivice y resulte sustentable es imprescindible la intervención articulada de los organismos de gobierno, las personas con discapacidad y los profesionales del diseño.
El aporte de arquitectos e ingenieros es un factor clave en los procesos de optimización en la gestación de la accesibilidad. Sin embargo, la familiarización de los profesionales con los criterios de diseño inclusivo permanece aún como una asignatura pendiente, y las “normativas” de accesibilidad se perciben como restrictivas y ajenas a la creatividad.
Comparto a menudo conversaciones con quienes hoy son estudiantes y al igual que hace diez años atrás –cuando yo lo era- el baño para discapacitados se instala sobre el final, cuando la escala permite visualizar los barrales al costado del inodoro y la rampa acompaña el escalón. Espíritu de este tratado y de todos los que lo antecedieron, nos lleva a la reflexión de la actuación profesional.
La ausencia de accesibilidad restringe posibilidades y las implicancias no se limitan a cada una de las múltiples y aisladas situaciones discapacitantes generadas. Se trata de trabas estructurales que atentan contra la constitución del propio sujeto y su desarrollo, generando dependencias físicas y sociales. Por ello, los obstáculos arquitectónicos deben ser asumidos como manifestación parcial de un todo sobre el que es preciso intervenir desde la especificidad de la arquitectura y el urbanismo desde los niveles fundantes, donde el proyecto toma posición e interactúa en una construcción dinámica del espacio y la sociedad. La accesibilidad física y comunicacional habilita para el uso, la percepción y compresión de la especialidad. Porque habilita, es condición para hacer, formarse, relacionarse y poder constituirse en sujeto activo y participativo.
 
Arq. Cecilia González Campo
 

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